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Secretarías y Estructura

Secretaría de Finanzas

Edwin Porras Chacón

ARTICULO 74: Son funciones de la Secretaría de Finanzas:

a.- Dirigir el Departamento de Finanzas, Control de Afiliación y Presupuesto.

b.- Tomar las disposiciones necesarias a fin de que la afiliación cotice regularmente.

c.- Recaudar fondos provenientes de las cuotas u otros ingresos.

d.- Presentar mensualmente a la reunión del Consejo Nacional de Representantes un estado general de caja, detalle de las entradas y gastos realizados.

e.- Responsabilizarse directamente de los depósitos que se efectúen en los Bancos, organismos financieros públicos y privados, así como del fondo de Caja Chica.

f.- Confeccionar el balance general y redactar el informe correspondiente de la marcha financiera del Sindicato, los que deberá poner previamente a conocimiento del Consejo Nacional de Representantes, para ser sometido posteriormente a la Asamblea Nacional.

g.- Llevar la contabilidad del Sindicato en forma simple y precisa, de modo que permita conocer en cualquier momento el estado real de la misma.

h.- Hacer efectiva toda orden de pago o cuenta de gastos autorizados con la firma del Secretario General, o en ausencia de éste por el Presidente.

i.- Elaborar el proyecto de presupuesto anual, y someterlo al Consejo Nacional de Representantes para su aprobación y presentación a la Asamblea Nacional.

j.- Enviar el Informe Económico al Ministerio de Trabajo.

k.- Elaborar los informes económicos que se le soliciten.

l.- Distribuir los egresos indicados en el artículo 146 de este Estatuto.

m.- Llevar el cómputo de participantes en las campañas de afiliación.

n.- Estudiar las causas que motivan las solicitudes de desafiliación.

o.- Llevar el control de cotizaciones.

p.- Llevar el registro de afiliaciones al Sindicato y a la póliza.

q.- Redactar y firmar todos los documentos que a su Secretaría correspondan.

La o el Secretario de Finanzas deberá contar con una póliza de fidelidad.

 

 
 

 

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